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ORDEN DE DOMICILIACIÓN DE ADEUDO DIRECTO SEPA DE TODOS LOS TRIBUTOS DE CARÁCTER PERIÓDICO EXCEPTO IBI

Descripción

Los obligados tributarios de los siguientes tributos mencionados podrán solicitar su domiciliación bancaria obteniendo un 5% de bonificación, excepto el IAE un 2%. Los plazos para domiciliarlo serán los siguientes:

Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica: El plazo para poder solicitar dicha domiciliación será hasta el 30 de septiembre o último día hábil del mes. El cargo en cuenta se realizará el 10 de octubre o día inmediato siguiente si fuera inhábil, aplicándose en ese recibo el 5% de bonificación.

Impuesto de Actividades Económicas: El plazo para poder solicitar dicha domiciliación será hasta el 31 de octubre o último día hábil del mes. El cargo en cuenta se realizará el 10 de noviembre o día inmediato siguiente si fuera inhábil, aplicándose en ese recibo el 2% de bonificación.

Tasa de Recogida domiciliaria de basura o Residuos Sólidos Urbanos: El plazo para poder solicitar dicha domiciliación será hasta el 31 de octubre o último día hábil del mes. El cargo en cuenta se realizará el 10 de noviembre o día inmediato siguiente si fuera inhábil, aplicándose en ese recibo el 5% de bonificación.

Tasa de Vado: El plazo para poder solicitar dicha domiciliación será hasta el 31 de octubre o último día hábil del mes. El cargo en cuenta se realizará el 10 de noviembre o día inmediato siguiente si fuera inhábil, aplicándose en ese recibo el 5% de bonificación.

Pasadas estas fechas, la domiciliación se aplicará en el ejercicio siguiente.

Materia

Quién lo puede solicitar

Los obligados tributarios del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que estén dados de alta en el padrón tributario al tiempo de presentar la solicitud y estén al corriente de pago de sus obligaciones tributarias.

Normativa de referencia

  • Ley 58/2003 General Tributaria.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido sobre la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos Locales y otros Ingresos de Derecho Público.
  • Ordenanzas fiscales reguladoras de cada tributo.

Documentación a Presentar

  1. Solicitud de la domiciliación de impuestos o tasas periódicas: IVTM, IAE, Tasa de Vado y/o TRRS (Tasa de Basura).
  2. Fotocopia de documento acreditativo de la cuenta bancaria (Certificado de titularidad de la cuenta).

Canal de solicitud

Presencial (Plaza mayor Nº1)

Sede electrónica (Obligatorio para las personas jurídicas)

Las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Unidad tramitadora

Gestión Tributaria

Importes / Tasas

Gratuito

Notas / Sugerencias / Observaciones

El alta en el sistema se mantendrá de manera continuada en el tiempo, en tanto no se produzca una baja solicitada por el propio interesado o el incumplimiento de alguno de los períodos de abono.

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