Descripción
Autorización municipal para la instalación de puestos para venta ambulante con motivo de las Fiestas Populares.
PLAZO DE SOLICITUDES
El plazo para presentar solicitudes se abrirá el 22 de abril y finalizará el 12 de mayo, ambos inclusive. Las solicitudes realizadas fuera de plazo no serán admitidas.
Quién lo puede solicitar
Cualquier persona física y jurídica interesada en una de estas instalaciones
Normativa de referencia
- Ley 1/1997, de 8 de enero, reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid.
- Ley 5/2010, de 12 de julio, sobre Medidas fiscales para el fomento de la actividad económica de la Comunidad de Madrid, modificada parcialmente por Ley 9/2915, de 28 de diciembre, de Medidas fiscales y administrativas de la CM.
- Ordenanza municipal reguladora del comercio ambulante en Torrejón de Ardoz, de 20 de diciembre de 2020.
- Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Documentación a Presentar
- Documento acreditativo de la identidad. En el caso de titulares procedentes de países no comunitarios, permiso de residencia o de trabajo, y para el caso de titulares de países comunitarios, tarjeta de residencia.
- Certificado de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social.
- Certificado de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con Hacienda.
- En caso de ser autónomo aportará el certificado de alta y pago del último recibo. En caso de estar en el régimen general de la Seguridad Social aportará el certificado del alta.
- Certificado que acredite estar de alta en el IAE.
- Seguro de responsabilidad civil en vigor, recibo del pago y póliza sin franquicia.
- Carné profesional de comerciante ambulante, expedido por la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid, o solicitud de inscripción en el Registro General de Comerciantes Ambulantes de la Comunidad de Madrid.
- Autoliquidación y justificante de pago de la misma, solo en el caso de puestos de artesanía del recinto ferial (zona del paseo).
Canal de solicitud
- Sede electrónica municipal: opcional para las personas físicas y obligatorio, para las personas jurídicas y demás sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración en el art. 14.2 LPAC.
- Presencial (sólo para personas físicas): Plaza Mayor, 1.
* Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí.
Unidad tramitadora
Obras
Importes / Tasas
Las que resulten de la aplicación de la Ordenanza núm. 20 reguladora de la Tasa por puestos o casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico