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LICENCIA DE INSTALACIÓN DE GRÚA TORRE O GRÚA AUTODESPLEGABLE

Descripción

Es el trámite por el que se concede autorización municipal para el montaje, funcionamiento, desmontaje y sobrevuelo sobre la vía pública de grúa-torre o grúa autodesplegable asociada a una obra de construcción.

Quién lo puede solicitar

Las personas físicas y jurídicas

Normativa de referencia

  • Normas de Tramitación Urbanística municipales.
  • PGOU y normativa de desarrollo.
  • Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Documentación a Presentar

  • Formulario específico de solicitud (descargar más abajo)
  • Proyecto de instalación, suscrito por técnico competente y visado por colegio profesional, por duplicado original.
  • Dirección facultativa de técnico competente, visada por el correspondiente colegio oficial, para el montaje y desmontaje de la grúa.
  • Fotocopia del último recibo del pago de la póliza de seguro, con cobertura total de cualquier tipo de accidente que pudiera producirse durante el montaje y desmontaje de la grúa.
  • Fotocopia de la solicitud de registro de la instalación ante el órgano competente de la Comunidad de Madrid, debidamente registrada.
  • Justificante de pago de los tributos correspondientes.

 

El aporte de documentación mediante link de descarga no es admisible. El procedimiento establecido por este Ayuntamiento para la presentación de archivos pesados a través de la Sede es el siguiente:

Si los archivos tienen un peso inferior a 12MB, no se puede optar por aportarlos mediante un enlace de transferencia de archivos. Se recuerda que el límite de capacidad de la sede (12MB) se refiere al peso de cada archivo individualmentepudiendo anexar a un solo registro un máximo de diez archivos hasta un máximo de 20MB por registro/anotación.

 Todos los archivos de documentación cuyo peso no exceda de 12MB deberán incluirse con la solicitud a través de la Sede electrónica. 

Si un archivo excede de los 12MB, habrá que dividirlo en archivos más pequeños y presentarse igualmente a través de la Sede.”

Pueden realizar varios registros/anotaciones para anexar a la solicitud inicial en caso de que en una única anotación no puedan incluir toda la documentación necesaria para su expedición.”

 

Canal de solicitud

  • Sede electrónica municipal: opcional para las personas físicas y obligatorio, para las personas jurídicas y demás sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración en el art. 14.2 LPAC. 
  • Presencial (sólo para personas físicas): Plaza Mayor, 1.

                * Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí.

 

 

Los técnicos municipales atenderán a quien requiera información o asistencia en materia urbanística a través del correo electrónico urbanismo@ayto-torrejon.es y sólo puntualmente, en presencial, en horario de 10:30 a 13:00 horas, los martes y jueves, sin necesidad de cita previa.

Unidad tramitadora

Urbanismo

Importes / Tasas

  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.
  • Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupaciónde vía pública, en su caso.

Notas / Sugerencias / Observaciones

  • No se autorizará instalación que ocupe total o parcialmente la vía pública.
  • En caso de ser preciso ocupar la vía durante el montaje o desmontaje de la instalación, se solicitará el permiso pertinente.
  • A efectos de liquidación de los tributos municipales se tomarán en cuenta los costes relativos a movimientos de tierra, cimentación, montaje, desmontaje, medios auxiliares y toma de tierra, así como el vuelo sobre la vía púbica.
  • La póliza de responsabilidad civil deberá asegurar la grúa de la cual se solicita licencia y deberá estar vigente durante todo el tiempo que esta permanezca instalada.

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