Descripción
La persona consumidora puede formular una reclamación o denuncia contra la parte empresarial o profesional que le ha vendido un bien o le ha prestado un servicio, y cuya actuación considera la parte reclamante, que ha vulnerado sus derechos como persona consumidora.
Este trámite no requiere cita previa, le podemos atender:
- Presencialmente. De lunes a viernes de 11:00 a 13:00, se recogerá número en el dispensador de la entrada al Ayuntamiento y se atenderá por orden numérico.
- Telefónicamente. De lunes a viernes, exclusivamente de 8:30 a 11:00 horas y de 13:00 a 14:00 (Durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre de 8:30 a 11:00 horas y de 13:00 a 13:30 horas)
- Correo electrónico. Se informará del órgano competente para la tramitación de su reclamación, se proporcionará el formulario de reclamación/denuncia y las formas de presentación en la Administración.
Materia
Quién lo puede solicitar
Únicamente “consumidores o usuarios”, entendiendo como tal las personas físicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional, conforme establece el Real Decreto Legislativo 1/2007.
Normativa de referencia
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
- Decreto 1/2010, de 14 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998 de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
- Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios.
- Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
- Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
Documentación a Presentar
Además del formulario facilitado en esta oficina de consumo por los canales anteriormente indicados, para poder tramitar una reclamación en materia de consumo el denunciante debe adjuntar:
- Copia de toda la documentación de la que disponga que aclare o justifique los hechos que relata (factura de compra/garantía del producto o servicio adquirido, contrato con empresa suministradora de servicio….etc.).
- En el caso de que la persona denunciante no sea aquella que compra un bien o adquiere un servicio, necesitará de la autorización de ésta para poder tramitar la reclamación.
Canal de solicitud
- Sede electrónica municipal (obligatorio para las personas jurídicas y opcional, para las físicas).
- Presencial: Plaza Mayor, 1 (sólo para las personas físicas).
* Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí.
- También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Unidad tramitadora
Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Torrejón de Ardoz
Importes / Tasas
Gratuito
Notas / Sugerencias / Observaciones
Previamente a la presentación de reclamaciones es necesario enviar reclamación y documentación al correo electrónico omic@ayto-torrejon.es en el que se informará del órgano competente para la tramitación de su reclamación, se proporcionará el formulario de reclamación/denuncia y se informará de cómo presentarlo ante la Administración.