Descripción
Tramitación de agrupación de dos o más fincas registrales, que no estén incluidas en un ámbito con Proyecto de Reparcelación aprobado, para formar una nueva finca registral.
Quién lo puede solicitar
Las personas físicas y jurídicas.
Normativa de referencia
- Normas de Tramitación Urbanística municipales.
- PGOU y normativa de desarrollo.
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, modificado por Ley 1/2020, de 8 de octubre, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística.
Documentación a Presentar
- Formulario específico de declaración responsable (descargar más abajo)
- Proyecto técnico
- Certificado de dominio y estado de cargas de las fincas originales u otro documento acreditativo de la propiedad.
- Justificante de pago de los tributos correspondientes.
* Los proyectos se presentarán en formato digital
* Se presentará copia de la documentación gráfica de los proyectos en formato editable
* Todos los archivos de documentación, cuyo peso no exceda de 12MB, deberán incluirse con la solicitud a través de la Sede electrónica. Se recuerda que el límite de 12MB se refiere al peso de cada archivo individualmente, pudiendo anexar a un solo registro infinidad de archivos, siempre que cada uno de ellos no exceda de los 12MB
Si un archivo excede de los 12MB, pero es posible dividirlo en archivos más pequeños, ha de presentarse igualmente a través de la Sede.
Excepcionalmente, si alguno de los archivos excediese de 12MB y no pudiera editarse para cortarlo, podría adjuntarse a través de la Sede, indicando un link de descarga, así como un índice de la documentación que se incluye en el mismo.
Canal de solicitud
Sede electrónica municipal: opcional para las personas físicas y obligatorio, para las personas jurídicas y demás sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración en el art. 14.2 LPAC.
- Presencial (sólo para personas físicas): Plaza Mayor, 1.
* Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí.
- También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los técnicos municipales atenderán a quien requiera información o asistencia en materia urbanística a través del correo electrónico urbanismo@ayto-torrejon.es y sólo puntualmente, en presencial, en horario de 10:30 a 13:00 horas, los martes y jueves, sin necesidad de cita previa.
Unidad tramitadora
Urbanismo
Importes / Tasas
Ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos
Notas / Sugerencias / Observaciones
En el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al otorgamiento de la escritura pública o, en su caso, documento en que se formalice la variación de que se trate, deberá presentar el impreso 900D de Declaración Catastral.